¿Dictadura judicial? El debate sobre magistrados sin límite en Costa Rica 

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¿Dictadura judicial? El debate sobre magistrados sin límite en Costa Rica 

Esta semana, tras las comparecencias legislativas de varios presidentes de salas del Poder Judicial, se volvió a poner sobre la mesa de la discusión nacional un tema clave: el tiempo que los magistrados permanecen en el cargo. 

Se habla mucho de que los magistrados duran demasiado tiempo en sus puestos. Pero más allá de percepciones, vale la pena traer datos para valorar qué tan cierto es esto. 

¿Cargos vitalicios?  

Uno de cada tres magistrados acumula más de una década en la Corte. Es decir, de los 22 magistrados que conforman la Corte Suprema de Justicia, 8 llevan más de 10 años en el cargo. 

Y hay casos particularmente llamativos: Catalino Orlando Aguirre Gómez, actual presidente de la Corte Suprema de Justicia, suma 37 años como magistrado. Luis Guillermo Rivas, 25 años; y Fernando Cruz y Julio Varela, 24 años cada uno. 

Para dimensionar lo que significan 37 años en el cargo, se puede hacer una comparación simple: antes de que Costa Rica debutara en un Mundial de fútbol, Aguirre ya era magistrado. 

Esto no solo es llamativo, abre un debate de fondo. Porque, en la práctica, esto podría interpretarse como la existencia de “puestos vitalicios” dentro del Poder Judicial. 

De hecho, durante una comparecencia, un diputado le consultó directamente al presidente de la Corte Suprema de Justicia, Catalino Orlando Aguirre Gómez, si está de acuerdo con que existan cargos de por vida en el Poder Judicial. La pregunta fue clara: sí o no. 

La respuesta fue aún más clara: “sí en el caso de magistrados”. 

Esto llamó poderosamente la atención. Posteriormente, tras la comisión, cuando tuve la oportunidad de entrevistarlo, le pedí que ampliara su posición a favor de los cargos vitalicios. Su respuesta fue que el sistema de elección de magistrados es el ideal, ya que brinda mayor libertad a los magistrados y estabilidad a la Corte. 

Diferentes posturas  

Esta postura contrasta con la del magistrado Luis Guillermo Rivas, quien en comparecencia señaló que lo recomendable es que cada magistrado permanezca dos períodos, es decir, 16 años. Resulta, como mínimo, contradictorio: él mismo acumula 25 años en el cargo. Y, además, su criterio choca directamente con el del propio presidente de la Corte, quien defiende la permanencia indefinida. 

¿Estabilidad?  

Entonces surge una duda inevitable: ¿más tiempo en el cargo implica mayor estabilidad del poder? ¿Es ese un principio válido en una democracia? 

La consulta se hizo directamente al propio Catalino Orlando Aguirre Gómez: ¿sería correcto que otros poderes del Estado adopten esa misma lógica para permanecer en el cargo? 

Esto es una condición propia del Poder Judicial, respondió. 

A partir de ahí, el cuestionamiento es inevitable. ¿Qué pasaría si la presidenta de la República, en este caso Laura Fernández, permaneciera más de 35 años en el poder? Probablemente sería considerado una dictadura, o al menos una grave distorsión democrática. 

Pero si ocurre en el Poder Judicial, pareciera no generar el mismo nivel de alarma. 

Elección de magistrados  

Aquí también hay que aclarar una diferencia fundamental: al presidente de la República y a los diputados se les elige mediante voto popular, según quien obtenga más apoyo ciudadano. 

En cambio, a los magistrados los elige la Asamblea Legislativa. Pero una vez que llegan al cargo, su reelección es prácticamente automática si deciden continuar. La única forma de impedirla es que 38 diputados voten en contra, algo que en la práctica casi nunca ocurre. 

¿Fallo en el sistema?  

Es decir, el sistema no incentiva la renovación, sino la permanencia. Por eso, el punto es claro y no admite ambigüedades. 

Primero, se debe reformar el mecanismo de reelección: que no sea automático, sino que requiera una mayoría calificada para renovar el nombramiento de un magistrado. 

Segundo, se debe establecer un límite claro a la reelección en las magistraturas, tal como ocurre en los otros poderes del Estado. Ninguna democracia sólida puede sostener cargos prácticamente indefinidos sin afectar su equilibrio institucional. 

¿Democracia o dictadura?  

Y aquí es donde entra la posición personal, sin rodeos: los puestos vitalicios no deberían existir en una democracia. 

Porque la estabilidad no puede confundirse con permanencia indefinida. Porque la independencia judicial no debería depender de la ausencia de límites. Y porque ningún poder del Estado debería estar por encima de los principios básicos de alternancia y control democrático. 

Normalizar que una persona permanezca décadas en el poder, sin controles reales de renovación, es abrir la puerta a distorsiones que en cualquier otro ámbito serían inaceptables. 

Y eso, más que estabilidad, es un riesgo. 

Escrito por: Brandon Segura

 

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