Por: Calet Barquero.
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Asamblea deberá decidir en las próximas semanas.
La Corte Suprema de Justicia envió formalmente este lunes 28 de julio, la solicitud a la Asamblea Legislativa para levantarle el fuero de improcebilidad penal, conocido como inmunidad, al presidente de la República, Rodrigo Chaves y al ministro de Cultura y Juventud, Jorge Rodríguez.
Esta solicitud se da luego de que el pasado 1° de julio, la Corte Plena aprobara trasladar la solicitud de la Fiscalía General de la República, que acusó a los jerarcas por el delito de concusión.
¿Qué es concusión?
Es un delito que consiste en que un funcionario público haga uso de su cargo para pagar a una persona una contribución, o también al cobrar más de lo que le corresponde por las funciones que realiza.
Este delito se encuentra tipificado en el artículo 355 del Código Penal y es castigado hasta con ocho años de prisión.
Sobre el caso
El caso está relacionado con la contratación de servicios de comunicación para Casa Presidencial por parte del empresario Christian Bulgarelli.
De acuerdo con la Fiscalía, la contratación de los servicios de comunicación por $405.800, se adjudicó a la empresa RMC La Productora S. A., propiedad de Bulgarelli y fue planeada a la medida con el objetivo de direccionar esos recursos a personas allegadas al presidente Chaves.
La acusación menciona que tanto Chaves como Rodríguez, quien en ese momento se desempañaba como jefe de despacho del mandatario, sostuvieron reuniones privadas con Bulgarelli. Además, lo instruyeron para que él mismo redactara los términos de referencia del cartel licitatorio.
Bulgarelli no es parte de este proceso, ni será acusado. A él se le otorgó un criterio de oportunidad a cambio de colaborar como “testigo de la corona”. Este admitió haber elaborado los términos de referencia y reconoció que conocía con anticipación que cumplía con todos los requerimientos.
Paralelamente, la Fiscalía abrió otro expediente contra Federico Cruz, alias Choreco, por los mismos hechos. Este se tramita bajo el documento 25-000044-0033-PE.
Ahora corresponderá a la Asamblea Legislativa aprobar o no el levantamiento de la inmunidad.